En la jornada del sábado se aprobó el Estatuto de la minería, Estatuto sobre minerales y la nacionalización del cobre y otros bienes públicos estratégicos. Los artículos pasarán a votación del Pleno, en los próximos días.
La Comisión de Medio Ambiente de la Convención Constitucional, sesionó durante dos jornadas el viernes y el sábado, ya que debían deliberar la aprobación o rechazo de un trabajo de semanas con más de mil artículos.
Respecto al estatuto de la minería, la Comisión de Medio Ambiente aprobó, que “el Estado y sus empresas podrán explotar por sí mismo las sustancias establecidas en el artículo primero. No serán objeto de autorizaciones administrativas las sustancias como el litio, los minerales no metálicos, los hidrocarburos líquidos, sólidos o gaseosos, aquellas sustancias situadas en áreas que la Constitución y la ley consideren de interés nacional, y las demás sustancias que determine la ley. Estas sustancias serán explotadas por las empresas del Estado”.
“Las autorizaciones mineras se otorgarán de forma temporal, mediante un procedimiento transparente e informado a la ciudadanía, en los términos y condiciones que establezca la ley. Estas autorizaciones no otorgan propiedad. Será competencia de un órgano administrativo la evaluación, otorgamiento, revisión, caducidad y extinción de las autorizaciones administrativas, así como el seguimiento del cumplimiento de las mismas. Las controversias que surjan de estas instancias darán derecho al afectado a reclamar ante los tribunales competentes”, se precisó al
Asimismo, en lo que respecta al estatuto sobre minerales se aprobó que “el Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y las sustancias minerales, metálicas, no metálicas, y los depósitos de sustancias fósiles e hidrocarburos existentes en el territorio nacional, sin perjuicio de la propiedad sobre los terrenos en que estuvieren situados. La exploración, explotación y aprovechamiento de estas sustancias se sujetará a una regulación que considere su carácter finito, no renovable y de interés intergeneracional”.
Respecto a la nacionalización del cobre y otros bienes públicos estratégicos, se establece que “el Estado regulará los impactos y efectos sinérgicos generados en las distintas etapas de la actividad minera y su encadenamiento productivo, considerando, a lo menos, la capacidad de carga de los ecosistemas afectados, la disminución de emisiones, residuos y sus cuotas de extracción. Asimismo, asegurará la participación de las comunidades involucradas y el respeto a las disposiciones de ordenamiento territorial, en el procedimiento de autorización”.
Desde la Fesumin, su Director de Comunicaciones, Víctor Riesco, puntualiza que “En la parte del estatuto de la minería indica que el Estado y sus empresas podrán explotar por sí mismo las sustancias establecidas en el artículo primero y no serán objeto de autorización administrativa. Es un punto muy importante de avance para lo que es el trabajo que deben realizar las empresas del Estado y que obviamente les da la prioridad para poder hacer las explotaciones correspondientes de estos minerales o de estas sustancias y en la segunda parte lo ratifica diciendo que estas sustancias serán explotadas por las empresas del Estado”.
“Ahora, ¿el Estado estará en condiciones de explotar 100% de forma interna o subcontratará o tercerizará los servicios? Es un punto que podría negociarse y la instancia está dada para ese tipo de situaciones porque no lo cierra, dice que las sustancias serán explotadas por las empresas del Estado pero no indica cómo”, agrega.
Para Riesco, dentro del Estatuto de minerales, se destaca que zonas o áreas protegidas se regirían por estatutos especiales y aquí hay puntos donde empresas que trabajan a gran altura que pueden ser Caserones, Los Bronces, Andina y el Teniente, están cerca de los glaciares en la cordillera o el permafrost y que verían de una forma afectada su normal trabajo si es que llegaran a impactar estos glaciares”.
“Por último, el punto de la nacionalización del cobre está dentro de los parámetros que ya habíamos visto de las propuestas anteriores y que habla de que el Estado debe ser garante y regulador de los impactos y efectos sinérgicos generados en las distintas etapas en la actividad minera y su encadenamiento productivo, es decir, lo hace responsable de este tipo de cosas y que tienen que tener una respuesta para esta instancia”, complementa.
Sobre que toda actividad minera debe restaurar la naturaleza en relación a los daños y pasivos ambientales, Riesco asegura que es una mirada interesante. “No es un tema que haya pasado por un extremismo, sino que más bien al parecer se ha llegado a un acuerdo. Lo que no está claro, es qué va a pasar con aquellos privados y eso también genera incertidumbre en la minería privada actual aunque creemos que es lo más probable no ocurra nada con ellos sino que todo esto quede para futuro”.
Las normas aprobadas por la Comisión, ahora pasarán a votación del Pleno de la Convención, en los próximos días.