El pasado miércoles se definió en la Comisión de Medio Ambiente el Informe de Reemplazo que se votará en el Pleno de la Convención Constitucional este sábado 7 de mayo, el cual incluye los artículos mineros que preocupan al sector privado.
Luego del rechazo del informe completo de la Comisión hace un par de semanas, esta semana se ha trabajado y ratificado un documento nuevo, el cual contempla las mismas ideas de nacionalización de las empresas mineras y el carácter incomerciable de los derechos de aprovechamiento de las agua.
El informe de 268 páginas indica que el primer artículo aprobado es “El Estado debe proteger las aguas, en todos sus estados y fases, y su ciclo hidrológico. El agua es esencial para la vida y el ejercicio de los derechos humanos y de la naturaleza.
Continúa con “El Estado velará por un uso razonable de las aguas. Las autorizaciones de uso de agua serán otorgadas por la Agencia Nacional de Aguas, de carácter incomerciable, concedidas basándose en la disponibilidad efectiva de las aguas, y obligarán al titular al uso que justifique su otorgamiento”, lo cual reafirma la voluntad incomerciable del recurso vital.
Respecto a los glaciares, indica que “El Estado preservará la criósfera, glaciares, permafrost y sus áreas conexas. Sólo se podrán realizar actividades científicas, deportivas, turísticas y usos ancestrales, las que deberán ser de bajo impacto y en ningún caso deben afectar el equilibrio dinámico de la criósfera y sus crioformas”.
En términos de minería, la Nueva Propuesta incluye el “Artículo 22. El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y las sustancias minerales, metálicas, no metálicas, y los depósitos de sustancias fósiles e hidrocarburos existentes en el territorio nacional, sin perjuicio de la propiedad sobre los terrenos en que estuvieren situadas”.
“La exploración, explotación y aprovechamiento de estas sustancias se sujetará a una regulación que considere su carácter finito, no renovable, de interés público intergeneracional y la protección ambiental”, asegura el texto.
Sin embargo, el Artículo 27 abre la posibilidad de participación de particulares. “El Estado desarrollará de manera exclusiva la actividad minera sobre los hidrocarburos en estado líquido o gaseoso, litio y tierras raras. En el caso del cobre, el Estado explorará y explotará por sí mismo, y podrá hacerlo en asociación con particulares siempre resguardando la participación mayoritaria del Estado”.
En el Artículo 27B, afirma que “Las sustancias estratégicas en su estado natural deberán ser objeto de exploración y explotación por parte de los organismos y empresas del Estado. En el caso de asociarse con empresas privadas, mantendrá siempre su participación de al menos un tercio”.
Asimismo, el Artículo 28 A, señala que “La ley regulará las regalías u otro tipo de compensaciones patrimoniales que deberá percibir el Estado por la explotación y aprovechamiento de las sustancias señaladas en el inciso primero de este artículo. Las regalías, en cuanto exacciones, no tendrán carácter tributario”.
Ahora, falta esperar hasta el sábado 7 de mayo y ver cuál será la votación del Pleno de la Convención respecto a este nuevo informe. Si logra en general los 103 votos se votará artículo por artículo. Si no alcanza quórum, se caerá el informe completo y la Comisión deberá preparar una nueva propuesta.