La calificación de trabajo pesado permite que quienes desempeñan labores que aceleran el desgaste físico, mental o psíquico puedan acceder a una rebaja en la edad para pensionarse por vejez, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la normativa previsional.
En Chile, la Ley N.º 19.404 regula esta materia y considera factores físicos, ambientales, mentales y organizacionales para determinar si un puesto de trabajo puede calificarse como pesado. La evaluación no depende únicamente de la experiencia o condición individual de quien realiza la labor, sino de las características del puesto.
¿Quién puede solicitar la calificación? La solicitud puede ser presentada por la propia trabajadora o trabajador, el empleador, el sindicato correspondiente o el delegado de personal. Desde Fesumin, la recomendación es que siempre se vea en conjunto con el Sindicato. La Comisión Ergonómica Nacional (CEN), organismo encargado de evaluar y calificar estas labores, también puede iniciar el procedimiento de oficio.
El requerimiento se realiza mediante el formulario disponible en el portal de la Superintendencia de Pensiones. Entre los antecedentes se debe incluir un certificado del empleador que describa las labores desempeñadas. Si no es posible obtenerlo, el trabajador puede presentar una declaración jurada ante la Dirección del Trabajo para acreditar las características de su trabajo.
La Comisión Ergonómica Nacional analiza los antecedentes y emite un dictamen. Si alguna de las partes no está conforme con la resolución, puede presentar una apelación conforme al procedimiento establecido.
¿Qué beneficios tiene la calificación?
El principal beneficio es la posibilidad de adelantar la edad para pensionarse por vejez. Para quienes están afiliados a una AFP, la rebaja depende del porcentaje de cotización adicional asociado al puesto calificado y del tiempo durante el cual se haya cotizado por trabajo pesado.
- Cotización adicional del 1%: permite rebajar un año de la edad de jubilación por cada cinco años de cotizaciones por trabajo pesado, con un máximo de cinco años.
- Cotización adicional del 2%: permite rebajar dos años por cada cinco años cotizados, con un máximo de diez años.
Esta cotización adicional es de cargo tanto del trabajador como del empleador, quienes deben aportar el porcentaje correspondiente a la cuenta de capitalización individual del trabajador. Para acceder a la pensión anticipada también deben cumplirse los demás requisitos previsionales, incluido el mínimo de años de cotización que corresponda.
En el caso de quienes pertenecen al antiguo sistema previsional administrado por el IPS, existen reglas específicas: la rebaja puede ser de un año por cada cinco años trabajados, o de dos años por cada cinco años en labores realizadas en minas o fundiciones, con los límites y requisitos legales correspondientes.
¿Por qué es relevante para los trabajadores de la minería?
Las labores mineras pueden involucrar exposición a condiciones ambientales exigentes, esfuerzos físicos, trabajo en altura geográfica, turnos y factores organizacionales que deben evaluarse según las características de cada puesto. Sin embargo, trabajar en minería no significa que todos los cargos estén automáticamente calificados como trabajo pesado: la determinación corresponde a la Comisión Ergonómica Nacional.
Por ello, conocer el procedimiento permite a los trabajadores y sus organizaciones sindicales revisar si sus puestos cuentan con una calificación vigente y, cuando corresponda, solicitar su evaluación. La calificación puede tener efectos directos en la planificación de la jubilación y en las cotizaciones previsionales durante la vida laboral.


