El Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta, condenó a la minera Spence al pago de una indemnización de 50 millones de pesos por daño moral, ante la demanda por perjuicios interpuesta por un trabajador que cayó a un pozo sumidero con ácido sulfúrico.
Con el apoyo del sindicato de la empresa, Mauricio Soza exigió una indemnización por el grave accidente laboral que sufrió el pasado 19 de marzo de 2017. Ese día, de acuerdo a lo que señaló el dirigente del sindicato Spence , Rodrigo Araya, el trabajador cayó a un pozo lleno de ácido sulfúrico que no se encontraba con la debida malla protectora, conocida como grating. “A pesar de estar con su traje de seguridad, el trabajador sufrió una serie de quemaduras del tipo A y B, en el 15% de su cuerpo, por lo que debió ser trasladado en avión ambulancia hasta Santiago donde le practicaron 5 cirugías de limpieza e injertos de piel”, relató Araya.
El dirigente añadió que existió un accionar negligente de la empresa en relación con el accidente, ya que al momento de ocurrido el trabajador no contaba con las medidas de seguridad adecuadas y no recibió la inducción pertinente. “Estaba cumpliendo con un contrato a plazo fijo y no contaba con la capacitación que se requiere para realizar las labores que se le encomendaron”, explicó.
Desde el sindicato, destacaron “la valentía de Mauricio Soza, quien sin temor a las represalias por parte de la empresa, se decidió a presentar la demanda laboral que es patrocinada por los asesores jurídicos de nuestra organización”.
Aunque la condena a la minera Spence es un fallo en primera instancia, Rodrigo Araya señaló que “creemos que hemos sentado un nuevo precedente laboral, que debe servir como ejemplo a los trabajadores que sufren accidentes en sus lugares de trabajo y que por temor a perder el trabajo y por las regalías y dinero que ofrecen las empresas, terminan asumiendo las consecuencias de situaciones que generalmente se producen por la falta de compromiso con la seguridad y salud de los trabajadores”.
El dirigente informó que si bien el trabajador ya se reintegró a sus labores, “aún se encuentra en tratamiento kinesiológico, siquiátrico y farmacológico, entre otros procedimientos médicos a los que constantemente debe someterse. A esto debemos sumar que BHP nunca consideró el hecho como un “accidente grave”, atribuyendo al trabajador la responsabilidad en los hechos, tal como consta en sus alegatos”, expresó Araya.
La sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Antofagasta indica que “como conclusión el informe del Comité Paritario señala que existe una serie de fallas en las condiciones y ejecución de la tarea”, las que permitieron determinan que “efectivamente existieron una serie de negligencias imputables a la demandada, tanto en la parte estructural en cuanto a la mantención de las máquinas” (…) “así como las condiciones de higiene y seguridad en cuanto al orden de dicha área, y los factores administrativos al no preparar bien al trabajador para dichas tareas ni una supervisión adecuada que ayudara a un trabajador nuevo en el área a advertir el riesgo, con lo que con todo ello evidentemente existió un incumplimiento al artículo 184 del Código del Trabajo”.
Por su parte, el presidente del sindicato Spence, Ronald Salcedo, a propósito del grave accidente objeto de la sentencia, dijo que “acá urge que el estado chileno ratifique a la brevedad el Convenio 176 de la OIT sobre Salud y Seguridad en las minas, ya que entrega a los trabajadores facultades para evaluar y ponderar las situaciones riesgosas, procurando salvaguardar sus vidas. Además de referir métodos de control hoy ausentes en las regulaciones vigentes. En ese sentido, emplazamos al nuevo gobierno en especial al nuevo ministro de minería Sr. Baldo Prokurica, quien fuera parte en el pasado de esta iniciativa a agilizar la tramitación en el Congreso de este instrumento internacional, dado que las actuales condiciones en que se desarrolla el trabajo minero, no entregan la seguridad necesaria para el resguardo de la vida de los trabajadores”.
Salcedo, complementó señalando que “no se pude seguir permitiendo que las empresas continúen privilegiando la producción por sobre la seguridad. Así también creemos que es necesario desempolvar los proyectos de ley que hoy se encuentran durmiendo en el congreso y que hablan sobre la responsabilidad penal del empleador por accidente del trabajo y responsabilidad penal de las personas jurídicas ante estos mismos hechos”, concluyó el presidente del Sindicato.