Que los acuerdos del grupo negociador son reconocidos expresamente por el Código del Trabajo, es lo que señaló la Dirección del Trabajo en un dictamen firmado por David Oddó, jefe del departamento jurídico y fiscal de la entidad.
A juicio de la DT, «no existe impedimento legal para que un grupo negociador conformado por trabajadores no sindicalizados, presente un petitorio a la empresa, existiendo sindicatos constituidos».
Con este nuevo dictamen, se abre una vez más la polémica entre los trabajadores, ya que las funciones de estos grupos no quedaron especificadas desde la Reforma Laboral de Bachelet, y según el Gobierno de turno, las entidades se alinean para emitir juicios sobre su rol, tal como lo afirma el Director de Comunicaciones de Fesumin, Víctor Riesco.
“Nuevamente vemos los esfuerzos de los gobiernos de derecha por eliminar lo que corresponde a la representatividad por parte de los sindicatos de los trabajadores. Bajo esta figura, lo que quiere hacer la DT es que personas que no pertenecen a sindicatos se agrupen solo para negociar en instancias que van de la mano en lo que corresponde a una actividad que hacen los sindicatos. Pero el trabajo sindical va mucho más allá. Por lo tanto, lo que esto implica es el refuerzo al individualismo y no al esfuerzo colectivo que representa una negociación colectiva, como lo dice su nombre”, afirma Riesco.
“Es lamentable ver que los aparatos estatales como el Tribunal Constitucional y como la justicia, están alineándose a la Dirección del Trabajo. Creemos que esa no es la medida correcta, porque creemos que los trabajadores, que también están sindicalizados solo en un 20% en nuestro país, deberían llegar a más allá de estas instancias y darse cuenta que las organizaciones sindicales son propias de ellos”, agrega.
“Como Fesumin, creemos que los trabajadores deben hacer cumplir su mandato y no estar bajo las leyes que pretenden implantar personas que nunca en su vida han pertenecido a una organización sindical. Nuestra visión es que los grupos negociadores solo sirven para esta instancia pero no protegen al trabajador en ningún aspecto. Es más, podrían presentar una petición de negociación pero la empresa les podría decir que no inmediatamente, y no tienen ninguna obligación de hacerlo y bajo esa instancia, da lo mismo si los grupos se crean o no se crean”, finaliza.